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Ha fallecido un familiar: ¿Qué gestiones nos toca hacer?  

Perder a un familiar es un momento duro, inevitable y, para qué negarlo, un poco caótico. Además del dolor, suelen venir una pila de trámites que nadie quiere enfrentar… pero conocerlos de antemano te evitará sustos y te permitirá actuar con calma y eficacia. 

Aquí te contamos paso a paso lo que debes saber y hacer para que estas gestiones no te agobien más de lo necesario. 

Documentos básicos que necesitarás 
1. DNI o pasaporte de la persona fallecida, porque sin él, poco podrás avanzar en casi cualquier trámite. 
2. Certificado de defunción y registro civil 

Si el fallecimiento ocurre en un hospital, el propio centro gestionará el certificado de defunción y realizará la inscripción en el Registro Civil. 

Si ocurre en casa o fuera de un centro sanitario y la causa es natural, contacta una funeraria. Ellos llamarán a un médico para que certifique el fallecimiento. En este caso, tú deberás llevar ese certificado al Registro Civil para la inscripción. 

Si la muerte no fue natural, el Instituto Forense realizará una autopsia para determinar la causa. 

3. Certificados internacionales y apostilla de la haya 

Si el fallecido tiene bienes en el extranjero, necesitarás certificados con validez internacional. 

En la Unión Europea, estos certificados son reconocidos automáticamente. 

Para otros países, puede que necesites la apostilla de La Haya, un trámite gratuito que valida el documento para países firmantes del Convenio. Si el país no es firmante, se requiere legalización a través del Ministerio de Asuntos Exteriores o su equivalente. 

4. Certificado de últimas voluntades 

Este documento indica si el fallecido dejó testamento y dónde. Debe solicitarse entre los 15 días y seis meses posteriores al fallecimiento. 

5. Seguros de vida y contratos relacionados 

Si el fallecido tenía seguros de vida o accidentes, existe un Registro de Contratos de Seguros de Cobertura de Fallecimiento (gestionado por el Ministerio de Justicia en España y equivalente en otros países), donde puedes verificar si hay pólizas vigentes. 

6. Impuestos y declaraciones pendientes 

Recuerda que es obligatorio: 

  • Presentar la declaración de IRPF o su equivalente, si el fallecido tenía ingresos pendientes. 
  • Pagar el impuesto de sucesiones (o herencias), cuyo trámite y condiciones varían según cada país o región. 
7. Auxilio por defunción: una ayuda para los gastos del sepelio 

¿Sabías que existe una ayuda económica para los gastos de entierro o cremación? En España, por ejemplo, es un subsidio de 46,5 euros que puede solicitar quien haya asumido los costes. 

  • Requisitos comunes:  Que el fallecido estuviera dado de alta en la Seguridad Social o en situaciones similares (pensionistas, personas en subsidios por incapacidad, maternidad, etc.). 
  • Documentación habitual a presentar: 
  • DNI o pasaporte. 
  • Certificado de defunción. 
  • Libro de Familia o documento que acredite parentesco o convivencia. 
  • Justificantes de pago del sepelio, si no hay relación directa con el fallecido. 

El trámite se realiza en las oficinas de la Seguridad Social o su equivalente según tu país. 

8. ¿Todo esto te parece mucho? Considera un seguro de decesos 

Un seguro de decesos te puede ahorrar dolores de cabeza, porque se encargan de gestionar todos estos trámites y gastos. También, algunos seguros de vida cubren gastos derivados del fallecimiento. 

Conclusión 

Aunque suene duro, planificar y conocer estos trámites con antelación es una muestra de sabiduría y cuidado hacia quienes vienen después. El arte de envejecer sabiamente también incluye prepararse para estos momentos con responsabilidad y serenidad.